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AVISOS Le recordamos que ya puede realizar el trámite de importación temporal de su vehículo por Internet. Para mayor información, dé clic Link a Importaciones temporales de vehículos IMPORTANTE Si realizó la importación temporal de un vehículo usted no podrá realizar la venta de éste en México y deberá realizar su retorno al extranjero. El retorno de un vehículo en todos los casos se debe realizar presentando su vehículo ante el personal de Banjército que opera los módulos CIITEV en las aduanas de salida, en el cual le darán su comprobante de retorno, el cual deberá conservar. Si usted es mexicano residente en el extranjero, podrá realizar entradas y salidas múltiples con su vehículo durante la vigencia del permiso de importación temporal, amparado por la garantía existente o, en su caso, solicitar la cancelación de la garantía y obtener la devolución del monto del depósito. Si no realizó este trámite, al momento de su regreso la Administración General de Aduanas no podrá realizar la cancelación de su permiso. Solamente en las temporadas de alta afluencia podrá autorizar que la cancelación del permiso se realice en alguno de los módulos CIITEV en consulados, dando a conocer mediante esta página las fechas y los consulados en que se podrá llevar a cabo. Si usted no retorna el vehículo, su garantía se hará efectiva y Banjército transferirá el monto a la Tesorería de la Federación , a más tardar al segundo día hábil bancario siguiente a aquel en que haya vencido el plazo de la importación temporal. Si usted dejó una garantía y obtiene prórroga, ampliación o refrendo a su calidad migratoria, para que la misma no se haga efectiva deberá presentar de forma personal en cualquiera de las 49 aduanas del país un escrito en formato libre, dando aviso de dicha circunstancia, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que le hubiere sido otorgada la prórroga, ampliación, refrendo, debiendo anexar copia del comprobante de dicho trámite, así como del permiso de importación temporal del vehículo y, en su caso, la tarjeta de internación. Si por alguna razón no puede realizar el retorno del vehículo en tiempo, se le sugiere no conducirlo, ya que el mismo se encontrará de manera ilegal en el país y podrá ser sujeto de sanciones y embargo del vehículo. Al momento en que tenga la oportunidad de efectuar el retorno, deberá realizar el trámite denominado RETORNO SEGURO. |
La información un este sitio tiene exclusivamente fines de orientación y no genera derechos ni obligaciones. En caso de estimarlo conveniente, podrá presentar solicitud por escrito ante la autoridad fiscal, en los términos de los artículos 18, 18A y 19 del Código Fiscal de la Federación, en el entendido que, de conformidad con el artículo 34, sólo se está obligando a contestar consultas sobre situaciones reales y concretas que realice individualmente el interesado. Atención telefónica 01 800 INFOSAT (46 36 728), lunes a sábado de 8 a 21 horas |