SAT, Servicio de Administración Tributaria / Aduana México
www.sat.gob.mx
Accesos Rápidos
Carril nada que declarar

Utilice este carril cuando las mercancías que transporte se ajusten a la lista de equipaje personal y no excedan del monto a que tiene derecho como franquicia.

Al cruzar, el mecanismo de selección automatizado determinará si el medio de transporte en el que viaja será sometido a revisión o no.

Debe ingresar por el Carril de Autodeclaración cuando traiga consigo mercancías adicionales a su equipaje personal y que su valor sea superior al de la franquicia a que tiene derecho pero no exceda de mil dólares.
  • La luz roja indica que se realizará la revisión, detenga su marcha y estacione su vehículo en donde le indique el personal de la aduana.

  • La luz verde indica que puedes pasar sin revisión.

En caso de revisión, se comprobará si efectivamente no transporta mercancía distinta a su equipaje personal y que en caso de traerla ésta se ajusta al monto de la franquicia a que tiene derecho.

Independientemente del resultado del Mecanismo de Selección Automatizado (semáforo fiscal), la autoridad aduanera puede emitir una orden de verificación de mercancía para comprobar lo manifestado.

Importante: Si ingresa a México en vehículo extranjero con destino al resto del territorio nacional, debe de realizar, la importación temporal de su vehículo. Revise el apartado de Importación temporal de vehículos para conocer los requisitos.

Última actualización: 29/julio/2010, 20:59, información vigente.
regresar subir
Servicio de Administración Tributaria, Av. Hidalgo 77, col. Guerrero, c.p. 06300, México, D.F.
Atención telefónica 01 800 46 36 728, desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728.
La información publicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.