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Mexicanos o inmigrantes repatriados o deportados

Los mexicanos y los inmigrantes que sean repatriados o deportados podrán introducir su menaje de casa libre de impuestos al comercio exterior y sin la necesidad de presentar facturas comerciales y sin estar inscritos en el padrón de importadores. Se incluyen las siguientes mercancías usadas:
  • Ajuar y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia

  • Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte

  • Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante. Los instrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres

  • Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión

Se consideran bienes usados aquéllos que se demuestre fueron adquiridos cuando menos seis meses antes de que se pretenda realizar su importación.

Trámite para la importación del menaje de casa
última modificación :
08/agosto/2011, 13:18, información vigente.
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