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Autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores

Homoclave: AGA-01-003.

1. NOMBRE DEL TRÁMITE.

1.1. Autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.


2. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.

2.1. Artículo 16-B de la Ley Aduanera
2.2. Artículos 18, 18-A, 19  y 37 del Código Fiscal de la Federación.
2.3. Artículo 40, inciso p) de la Ley Federal de Derechos.
2.4. Reglas 1.1.3., 1.2.2. y 1.9.6., de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus posteriores modificaciones. (DOF 29/07/11)
2.5. “Instructivo de trámite para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores”, previsto en el Anexo 1, apartado C, numeral 15 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus posteriores modificaciones (DOF 09/08/11).


3. CASOS EN LOS QUE DEBE O PUEDE REALIZARSE.

3.1. Pueden realizarlo las personas morales que acrediten estar constituidas conforme a la legislación mexicana, su solvencia moral y económica, su capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos, así como la de sus accionistas y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. 
 

4. MANERA DE PRESENTAR EL TRÁMITE.

4.1. Escrito libre.
 

5. FORMATO CORRESPONDIENTE AL TRÁMITE, EN SU CASO, Y FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DOF.

5.1. No aplica.
 

6. DATOS Y DOCUMENTOS ESPECÍFICOS QUE DEBE CONTENER O SE DEBEN ADJUNTAR AL TRÁMITE.

6.1. Datos:

6.1.1. Nombre(s) del (los) interesado(s);
6.1.2. Denominación o razón social;
6.1.3. Domicilio fiscal manifestado en el RFC;
6.1.4. Clave del RFC;
6.1.5. Señalar la autoridad a la que se dirige;
6.1.6. Señalar el propósito de la promoción;
6.1.7. Domicilio para oír y recibir notificaciones, en su caso;
6.1.8. Nombre de la persona autorizada para recibir notificaciones;
6.1.9. Nombre del representante legal, en su caso;
6.1.10. Teléfono de (los) interesado(s), en su caso;
6.1.11. Teléfono del representante legal, en su caso;
6.1.12. Datos de todas las personas involucradas en la solicitud

6.1.12.1. Nombres,
6.1.12.2. Dirección,
6.1.12.3. RFC,
6.1.12.4. Correo electrónico, y
6.1.12.4. Número de identificación fiscal, en caso de residentes extranjeros.

6.1.13. Describir las actividades a las que se dedica el interesado;
6.1.14. El monto de la operación u operaciones objeto de la promoción;
6.1.15. Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción;
6.1.16. Describir las razones de negocio que motivan la operación planteada;
6.1.17. Indicar si los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción han sido planteadas ante una autoridad fiscal distinta a la que recibió la promoción o ante autoridades administrativas o judiciales distintas, y en su caso, el sentido de la resolución;
6.1.18. Indicar si el contribuyente se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la SHCP o por entidades federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión;
6.1.19. Tipo de documento y datos con el que acredita la personalidad el representante legal de la empresa;
6.1.20. Datos del acta constitutiva de la empresa;
6.1.21. Firma del promovente o su representante legal; y
6.1.22. Señalar un mínimo de 5 aduanas en las que pretendan operar.

6.2. Documentos anexos:

6.2.1. Copia certificada del acta constitutiva de la empresa, y sus modificaciones, cuando corresponda.
6.2.2. Documento con el que se acredite que cuentan con un capital social o patrimonio propio, mínimo de $1´000,000.00;
6.2.3. Copia certificada de la documentación con la cual se acredite la representación legal de la persona que formule la solicitud, con poder para actos de administración;
6.2.4. Copia simple de la cédula de identificación fiscal de la persona moral solicitante;
6.2.5. Listado de sus asociados, tratándose de asociaciones de transportistas;
6.2.6. Escrito libre firmado por el representante legal, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada, así como sus accionistas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, que cuentan con amplia solvencia moral y económica, así como capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios de procesamiento electrónico de datos.
6.2.7. El comprobante de pago realizado a través del esquema electrónico e5cinco, con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 40, inciso p) de la Ley Federal de Derechos.
6.2.8. Opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, mediante la cual se acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las mismas, conforme a lo dispuesto en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
 

7. PLAZO MÁXIMO QUE TIENEN LAS AUTORIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ADUANAS PARA RESOLVER EL TRÁMITE, EN SU CASO Y SI APLICA LA NEGATIVA O LA POSITIVA FICTA.

7.1. Plazo máximo:

7.1.1. La resolución del trámite debe emitirse dentro del siguiente plazo contado a partir de la recepción de la solicitud: tres meses.


7.2. Aplica la afirmativa ficta:

7.2.1. No aplica.

7.3. Aplica la negativa ficta:

7.3.1. Si aplica.


8. LAS EXCEPCIONES A LO PREVISTO EN LAS REGLAS GENERALES APLICABLES A LA PRESENTACIÓN DE TRÁMITES.

8.1. Los documentos anexos previstos en los puntos: 6.2.1. y 6.2.3 deberán presentarse en copia certificada ante notario público.

8.2. Los documentos anexos previstos en los puntos: 6.2.2. y 6.2.5., deberán presentarse en original.

8.3. El documento anexo previsto en el punto 6.2.6., se deberá presentar con firma autógrafa.
 

9. MONTO DE LOS DERECHOS O APROVECHAMIENTOS APLICABLES EN SU CASO, O LA FORMA DE DETERMINAR DICHO MONTO.

9.1. Se deberá presentar pago de derechos en la forma y cantidad que establezca el artículo 40, inciso p) de la Ley Federal de Derechos.


10. VIGENCIA DE LA AUTORIZACION

10.1. Hasta por diez años, contado a partir de la fecha de otorgamiento de la autorización, mismo que podrá ser prorrogado por un plazo igual, previa solicitud del interesado presentada un año antes de su vencimiento, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento y las obligaciones derivadas de la misma.
 

11. PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE.

11.1. La solicitud se recibe en la ventanilla de oficialía de partes de la Administración Central de Regulación Aduanera, quien la turna a la Administración de Regulación Aduanera “1”. Se revisa la documentación y se integra el expediente. En caso de omisión de alguno de los requisitos se requiere al promovente para que en un plazo de 10 días cumpla con el requisito omitido. Una vez que la empresa cumpla con todos y cada uno de los requisitos y documentos establecidos, se elabora oficio a la Administración Central de Operación Aduanera para que le sean proporcionados a la solicitante, los lineamientos bajo los cuales deberá implementar el Sistema Automatizado de Importación Temporal de Remolques, Semirremolques y Portacontenedores. De no encontrarse ninguna anomalía y obtenido el visto bueno, se emitirá mediante oficio firmado por el Administrador Central de Regulación Aduanera, la autorización respectiva, remitiéndola por correo a la aduana correspondiente al domicilio fiscal del promoverte para su notificación, o en su caso, notificando personalmente al promovente en las oficinas de la Administración Central de Regulación Aduanera.


12. UNIDADES ADMINISTRATIVAS ANTE LAS QUE SE PUEDE PRESENTAR EL TRÁMITE.

12.1. En la ventanilla (buzón) de recepción de la Administración Central de Regulación Aduanera, de la Administración General de Aduanas, o remitirla por mensajería al domicilio de Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.


13. HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.

13.1. De lunes a viernes de 9.00 a 14.30 horas para recepción de documentos.


14. NÚMEROS DE TELÉFONO, FAX Y CORREO ELECTRÓNICO, ASÍ COMO LA DIRECCIÓN Y DEMÁS DATOS RELATIVOS A CUALQUIER MEDIO QUE PERMITA EL ENVÍO DE CONSULTAS, DOCUMENTOS Y QUEJAS.

14.1. Teléfonos: 58-02-08-79, 58-02-02-40

14.2. Correos electrónicos:

regulacionaduanera_1@sat.gob.mx

14.3. Administración Central de Regulación Aduanera

Administración de Regulación Aduanera “1” 
Avenida Hidalgo No. 77, Módulo IV, P.B., Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México, D.F.
 

15. OTRA INFORMACIÓN QUE PUEDE SER DE UTILIDAD PARA LOS INTERESADOS.

15.1. Ninguna.
última modificación :
02/enero/2012, 17:50, información vigente.
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Av. Hidalgo 77, col. Guerrero, c.p. 06300, México, D.F. Atención telefónica 01 800 46 36 728, desde Estados Unidos y Canadá 1 877 44 88 728.
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