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Obligación de registrar y retornar el vehículo

Si un vehículo fue importado temporalmente, no puede ser vendido en México y debe retornarlo al extranjero.

El retorno de un vehículo, en todos los casos, se debe realizar presentando el vehículo ante el personal de Banjército que opera los módulos CIITEV en las aduanas de salida, donde le entregarán su comprobante de retorno, que deberá conservar. 

Si es mexicano residente en el extranjero, puede realizar entradas y salidas múltiples con su vehículo durante la vigencia del permiso de importación temporal, amparado por la garantía existente o, en su caso, solicitar la cancelación de la garantía y obtener la devolución del monto del depósito.  

Si no realizó este trámite a su regreso al extranjero en los módulos del Banjército ubicados en la frontera, la Administración General de Aduanas, podrá autorizar que la cancelación del permiso se realice en alguno de los módulos de Banjército en consulados, para ello se darán a conocer, mediante esta página, las fechas y los consulados en que se podrá llevar a cabo el retorno del vehículo.

Si no cumple con el retorno del vehículo, la garantía se hará efectiva y Banjército transferirá el monto de la misma a la Tesorería de la Federación, a más tardar al segundo día hábil bancario siguiente a aquél en que haya vencido el plazo de la importación temporal.  

Si su plazo se prorroga por ampliación o refrendo a su calidad o cambio en la calidad migratoria de no inmigrante a inmigrante rentista (siempre que exista continuidad en las calidades migratorias), para que la garantía que dejó no se haga efectiva, debe presentar en cualquiera de las 49 aduanas del país, un escrito en formato libre, dando aviso de dicha circunstancia, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquél en que se le hubiera otorgado la prórroga, ampliación, refrendo o cambio en la calidad migratoria de no inmigrante a inmigrante rentista, debiendo anexar copia del comprobante de dicho trámite, así como del permiso de importación temporal del vehículo y, en su caso, la tarjeta de internación. 

Si el retorno del vehículo no se hace en tiempo, se sugiere no conducirlo, ya que el mismo se encontrará de manera ilegal en el país y podrá ser sujeto de sanciones y embargo del vehículo, por lo que deberá tramitar el Retorno seguro.

Última actualización: 10/noviembre/2009, 12:10, información vigente.
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